En el año 2016 se cumplieron 10 años de la sanción de la Ley que garantiza Educación Sexual Integral (ESI), tanto a nivel nacional (26.150) como en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (2.110). Laura Velasco, entonces directora de Proyectos Especiales del Consejo Económico y Social de la CABA (CESBA), encabezó un relevamiento a fin de indagar respecto a sus niveles de aplicación en territorio porteño, basado en el análisis de encuestas realizadas a jóvenes de entre 18 y 25 años de edad que hayan cursado sus estudios secundarios en la Ciudad de Buenos Aires durante la vigencia de estas leyes. Compartimos a continuación el resultado de este estudio.

Introducción

En octubre de 2006 se sancionó la Ley Nacional 26.150, que creó el Programa Nacional de Educación Sexual Integral. El mismo  garantiza a todos las/os  estudiantes a nivel nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el derecho a recibir Educación Sexual Integral (ESI) en las escuelas públicas tanto de gestión estatal como privada. La norma entiende en su Art. 1 a la Educación Sexual Integral como “la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos”[1]. Al mismo tiempo crea el Programa Nacional de Educación Sexual Integral en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación  con la finalidad de cumplir en los establecimientos educativos con las disposiciones específicas de la Ley 25.673, de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; Ley 23.849, de Ratificación de la Convención de los Derechos del Niño; Ley 23.179, de Ratificación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que cuentan con rango constitucional; Ley 26.061, de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y las leyes generales de educación de la Nación.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Legislatura sancionó en octubre de 2006 la Ley 2.110 de Educación Sexual Integral que establece en su Art. 1 “…la enseñanza de Educación Sexual Integral en todos los niveles obligatorios y en todas las modalidades del sistema educativo público de gestión estatal y de gestión privada y en todas las carreras de formación docente, dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”[2].

Es importante destacar que la ley tanto a nivel nacional como en la Ciudad de Buenos Aires, toma en cuenta una definición de Educación Sexual Integral amplia, que considera no sólo los aspectos biológicos sino también una mirada que incluye lo social, psicólogico, emocional e intelectual de la sexualidad. Estas herramientas legales son de avanzada en el plano regional e internacional.

La Ley Nacional 26150 plantea como objetivos[3]:

a) Incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas orientadas a la formación armónica, equilibrada y permanente de las personas;

b) Asegurar la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación sexual integral;

c) Promover actitudes responsables ante la sexualidad;

d) Prevenir los problemas relacionados con la salud en general y la salud sexual y reproductiva en particular;

e) Procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres.

La Ley 2.110 de la Ciudad de Buenos Aires, tiene como objetivos[4]:

a) Promover una concepción positiva de la sexualidad que favorezca el desarrollo integral, armónico y pleno de las personas. Educación Sexual en la Escuela

b) Brindar información científica, precisa, actualizada y adecuada a cada etapa de desarrollo de los alumnos/as, acerca de los distintos aspectos involucrados en la Educación Sexual Integral.

c) Fomentar el cuidado y la responsabilidad en el ejercicio de la sexualidad, promoviendo la paternidad/maternidad responsable y la prevención de las enfermedades de transmisión sexual.

d) Prevenir toda forma de violencia y abuso sexual.

Asimismo en el plano nacional y en cumplimiento con la Ley 26.150 -artículo 6°-, el Consejo Federal de Educación dictó la Resolución 43 de 2008[5], que establece los Lineamientos Curriculares para la Educación Sexual Integral. Esta norma define los abordajes específicos -en particular para el nivel secundario-, y transversales, es decir, que atraviesan todas las asignaturas de los niveles inicial, primario y primer ciclo del secundario

Al cumplirse 10 años de la sanción de las leyes de Educación Sexual Integral, se realizaron encuestas a jóvenes de 18 a 25 años de edad, que han cursado sus estudios secundarios en la Ciudad de Buenos Aires durante la vigencia de estas leyes.

El objetivo del siguiente estudio es abordar la temática de la Educación Sexual Integral, para indagar  el nivel de aplicación de las leyes vigentes en la Ciudad de Buenos Aires. A través de una encuesta de opinión se relevó información respecto de la educación sexual que se imparte en las escuelas secundarias teniendo en cuenta varios aspectos: contenidos, carga horaria, abordaje desde las diferentes materias que componen el plan de estudios del nivel. También se recepcionó qué idea de educación sexual tienen los/as jóvenes y cuál es su percepción sobre la importancia de que se aplique en la currícula escolar.  Por otra parte  se preguntó acerca del conocimiento que tienen sobre la existencia de las leyes de educación sexual integral.

A continuación  desarrollaremos los principales aportes de la indagación realizada. 


[1] Programa Nacional de Educación Sexual Integral.  Ley 26.150. Artículo 1.  Ver en  Ministerio de Educación de la Nación Argentina, http://www.me.gov.ar/me_prog/esi/doc/ley26150.pdf

[2]  Ley 2110. Ley de Educación Sexual Integral (2110). Artículo 1.  Ver en  Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, http://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/ley2110.pdf

[3]  Programa Nacional de Educación Sexual Integral.  Ley 26.150. Artículo 3. Ver en  Ministerio de Educación de la Nación Argentina, http://www.me.gov.ar/me_prog/esi/doc/ley26150.pdf

[4]   Ley 2110. Ley de Educación Sexual Integral (2110). Artículo 5.  Ver en  Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, http://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/ley2110.pdf

[5]  Resolución CFE Nº 43/08. Ministerio de Educación de la Nación Argentina. Ver en http://www.inet.edu.ar/wp-content/uploads/2012/10/43-08.pdf


Equipo de Trabajo:

Lic. Laura González Velasco

Lic. Lucia Alejandra Bianchi

Lic. Verónica Catinari

Lic. Leila Corina Figun

Lic. Romina Pignanelli

Prof. Florencia Sinclair

Lic. Martín Seri