PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, a través del organismo correspondiente, y en un plazo no mayor a 30 (treinta) días de recibida la presente, informe acerca de los siguientes puntos vinculados a la intervención con pintura sobre especies arbóreas en el marco de la creación de un mural artístico ubicado en Salguero y Seguí, como parte del programa Color BA, llevado adelante por el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Informe que dependencia autorizo la intervención en el mural y en las especies arbóreas que se encuentran frente al mismo. Remita actuaciones.
- Informe si existen actividades planificadas en el marco del programa Color BA. Acompañe listado de las mismas, detallando lugar, tipo de intervención y si alguna implica un contacto o intervención con el arbolado público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Indique si el personal afectado al programa Color BA y funcionarios de otras áreas y/o programas que lleva adelante el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana se los capacita sobre las implicancias de la Ley 3263 de Arbolado Público Urbano.
- Informe que medidas tiene el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana previstas para el saneamiento de las especies arbóreas intervenidas en Salguero y Seguí.
- Indique el presupuesto destinado al Programa Color BA para el año 2021, e informe los ejecutados en el periodo 2016 al 2020, discriminándolos por año.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto de resolución tiene como objeto tomar conocimiento sobre los motivos que permitieron utilizar pintura en por lo menos cinco especies arbóreas ubicadas en Salguero y Seguí, en el marco de la intervención de un mural a través del programa Color BA.
Tomamos conocimiento de tales intervenciones a través de la siguiente publicación en la página web del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana https://www.buenosaires.gob.ar/espaciopublicoehigieneurbana/noticias/la-ciudad-inauguro-un-mural-por-los-200-anos-de-la-uba, en la que se da conocimiento de la inauguración de un mural por los 200 años de la UBA, en las calles Salguero y Seguí, realizado por talleristas de la Facultad de Derecho. El mural según dice la publicación ‘’nos transporta a los Bosques de Palermo’’. Ver Anexo I.
Preocupa que a través de la página web del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, se promocione este tipo de intervenciones sobre el arbolado, estando prohibidos por el Artículo 9° inciso a) de la Ley 3263 de Arbolado Público Urbano.
A su vez, preocupa también que este mural haya sido inaugurado por la ministra de Espacio Público e Higiene Urbana, pareciendo no tener conocimiento de las prohibiciones sobre el arbolado público que la Ley 3263 hace mención.
En lo que atañe a pintar los árboles, en primer lugar, al aplicarle pintura, cal o cualquier otra sustancia al tronco estamos aplicando un producto químico artificial sobre la superficie del árbol, lo que podría afectar las funciones vitales del mismo.
Por otro lado, la pintura se va derritiendo poco a poco por efecto del agua de lluvia, provocando que la misma vaya cayendo desde el tronco hasta las raíces, modificando las propiedades del suelo que rodea el árbol. La pintura provoca que aumente el pH del suelo y que éste se vuelva más alcalino. Esto impide que el árbol absorba el hierro del subsuelo, lo que afectará a su desarrollo. Incluso, puede llegar a provocar una enfermedad llamada clorosis y que impide que el árbol pueda realizar la fotosíntesis correctamente. En otras palabras, el árbol podría morirse.
Se vería con agrado que los funcionarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en especial de la cartera ministerial que interviene el espacio público, puedan tomar conocimiento sobre la Ley 3263 de Arbolado Publico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También sería sumamente importante que en todos los programas y políticas publicas desarrolladas a través del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana se incorpore la perspectiva ambiental y el conocimiento sobre el arbolado público, sus normativas y los beneficios que los arboles tienen para la salud de las personas, el ambiente y frente al cambio climático, si son correctamente cuidados y no dañados.
Nos parece importante y valorable que se realicen intervenciones artísticas en murales de la Ciudad, pero siempre y cuando se respete y cuide el ambiente y en este caso el arbolado público tal como dicta la Ley 3263.
Por todo lo expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.
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