1535-D-2020 | Informes referidos al Hospital Cecilia Grierson

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.-  La Legislatura de la Ciudad Autónomade Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo para que a través del organismo que corresponda, y en el término de los 30 (treinta) días informe sobre los siguientes puntos referidos al Hospital Cecilia Grierson desde el inicio del aislamiento social preventivo y obligatorio el 20/03/2020.

  1. Informe acerca del funcionamiento y modalidad de atención de los consultorios externos al 26 de junio del 2020. Indique las modificaciones en los mismos durante el periodo del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio tras la instalación de Unidades Febriles de Urgencia (UFU).
  2. Informe y adjunte la documentación o información brindada a los trabajadores y profesionales de la salud que atendían usuarios en los consultorios externos sobre las modificaciones en el funcionamiento y la atención de los mismos.

  3. Informe si trabajadores y profesionales de la salud que atendían en los consultorios externos fueron trasladados a otras áreas del Hospital tras la instalación de las UFUS. Indique lugar donde fueron ubicados y si fueron reemplazados por otros trabajadores y profesionales. Indique si dichos reemplazos fueron nuevas incorporaciones al Hospital o traslados de otras áreas. Adjunte documentación de dichos movimientos si los hubiera.

  4. Informe la modalidad de atención a los pacientes con enfermedades o patologías crónicas que se atendían habitualmente en los consultorios externos luego de su cierre y/o modificación de funcionamiento tras la instalación de UFUS.

  5. Informe como se cubrieron los tratamientos de usuarios que quedaron sin atención al cerrarse y/o modificarse el funcionamiento de los consultorios externos para la instalación de UFUS.

  6. Informe si se están derivando a otros centros de salud u hospitales los usuarios habituales de los consultorios externos que quedaron sin atención al cerrarse y/o modificarse su funcionamiento. Adjunte documentación y la comunicación informativa que hubiera entre centros u hospitales sobre las nuevas modalidades de atención y las modalidades de derivación de usuarios.

  7. Informe si actualmente se están entregando medicamentos a personas en la Guardia. De ser negativa la respuesta indique el motivo.

  8. Informe si en el mes de junio hubo modificaciones en las modalidades de entrega de medicamentos en el Hospital Grierson y en especial en la Guardia.

  9. Informe si desde que rige el aislamiento social preventivo y obligatorio se dejaron de entregar medicamentos en el Hospital y en especial en la Guardia. Adjunte fechas y documentación informativa sobre dicha cuestión que se le haya brindado a trabajadores y profesionales de la salud y a los usuarios que habitualmente adquirían medicación para el tratamiento de su salud.

  10. Informe si se derivaron usuarios a otros centros de salud u hospitales para la entrega de medicamentos. Indique los motivos y ubicación del destino de los mismos.
  11. Informe si hubo problemas con la entrega de medicamentos a usuarios de salud mental que no los han podido adquirir. Indique motivos y si se han derivado a otros centros de salud para concretar la entrega.

  12. Informe si hay áreas del Hospital aisladas. De ser positiva la respuesta indique donde o en que modalidad funcionan actualmente los tratamientos para la salud que se realizaban habitualmente en dichos lugares antes de la emergencia sanitaria por COVID-19.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.-


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Hemos tomado conocimiento de situaciones que preocupan y hace que nos ocupemos respecto sobre la situación de los usuarios, los trabajadores y profesionalesdel Hospital Cecilia Grierson.

Preocupa la falta de claridad respecto del funcionamiento de los consultorios externos y la Guardia del Hospital tras la instalación de las Unidades Febriles de Urgencia (UFUS).

Preocupa que se haya modificado la modalidadde atención a usuarios con enfermedades o patologías crónicas y que se encuentren condificultades o impedimentos para llevar a cabo su tratamiento y la obtención de medicamentos al respecto.

El aislamiento social preventivo y obligatorio tiene como una de sus principales metas evitar la circulación de personas entre lugares para disminuir la propagación del COVID-19, por lo tanto de haber derivaciones entre hospitales o centros de salud para la entrega de medicamentos o cualquier otro tipo de atención pone en riesgo de contagio tanto a las personas usuarios de los hospitales como al resto de la sociedad teniendo más posibilidades de propagación del contagio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El Hospital Cecilia Grierson tuvo variadas demoras en su construcción, incluso con fallos judiciales que desde el 2005 instan al Gobierno de la Ciudad a terminar las obras para garantizar el acceso a la salud de los habitantes del barrio de Villa Lugano y la Comuna 8.

Es entendible el direccionamiento de las actividades del Hospital para enfrentar la pandemia pero de ningún modo ello debería perjudicar la atención a usuarios que requieran tratamiento para otras enfermedades, interrupciones de embarazo, entrega de medicamentos, elementos anticonceptivos o tratamiento de patologías de cualquier tipo.

Entre otras recomendaciones, el Ministerio de Salud de la Nación publico una serie de cuadernillos referidos a garantizar diferentes tipos de atención de la salud en contexto de pandemia. En el referido a ‘’COVID-19. Recomendaciones para el primer nivel de atención’’ insta a los centros de salud a:

‘’12-Establecer los mecanismos internos para continuar el tratamiento farmacológico de los pacientes crónicos y población vulnerable. Favorecer la dispensación de tratamientos crónicos por períodos prolongados siempre que sea posible y en la medida que la condición clínica de los pacientes lo permita. 13-Garantizar la provisión de anticonceptivos y situaciones de urgencia relacionadas a la salud de la mujer. ’’

También en el referido a ‘’Covid-19. Recomendaciones para el primer nivel de atención de personas gestantes, niñas y niños y adolescentes´´, promueve:

Garantizar el acceso a métodos anticonceptivos, (incluye preservativos y anticoncepción hormonal de emergencia); así como consejerías y acceso a Interrupción Legal del Embarazo. ’’Así como también respecto a la atención de la demanda espontanea estipula que ‘’en el consultorio destinado a la atención de la demanda espontanea ingresarán aquellos pacientes que consultan por signos y síntomas que NO cumplen con la definición de caso sospechoso de Covid-19.Estos casos incluyen consultas por: lesiones, cuadros febriles sin síntomas respiratorios, cuadros respiratorios sin fiebre, exantemas, entre otros. ’’

Por otro lado, desde la Dirección Nacional de Salud Reproductiva se generaron una serie de consideraciones para garantizar las prestaciones de salud sexual y reproductiva en contexto de pandemia. Algunas de estas son:‘’1. Las adolescentes y mujeres pueden tener serias dificultades incluso temor de acudir a los servicios de salud. En este contexto, cuando las personas acudan debe garantizarse el acceso en buenas condiciones y satisfacer la demanda en el mismo momento, sin dilaciones. Se recomienda, frente a esta crisis, simplificar en extremo los procedimientos para que la atención sea efectiva, segura y ágil. 2. Recordar que el acceso a métodos anticonceptivos es un servicio esencial de salud que debe garantizarse aún en el contexto de la pandemia pues sabemos las consecuencias negativas que la discontinuidad de la protección anticonceptiva tiene en el mediano plazo. 3. La anticoncepción de emergencia en particular es una prestación esencial y de emergencia en el contexto de la pandemia, especialmente sensible al tiempo y que debe garantizarse. ’’

La OMS a su vez publico una serie de directrices para  mantener los servicios sanitarios esenciales durante la pandemia de COVID-19 donde enumera algunos ejemplos de servicios esenciales como son‘’la vacunación sistemática, los servicios de salud reproductiva —incluida la atención durante el embarazo y el parto—, la atención a lactantes de corta edad y adultos mayores, el tratamiento de enfermedades mentales, enfermedades no transmisibles y enfermedades infecciosas como el VIH, el paludismo y la tuberculosis, los tratamientos hospitalarios críticos, el tratamiento de problemas urgentes de salud y servicios auxiliares como el diagnóstico básico por imagen, los servicios de laboratorio y los bancos de sangre.’’

La guía considera tambiénque ‘’unossistemas sanitarios bien organizados y preparados podrán seguir proporcionando un acceso equitativo a la prestación de servicios esenciales durante una situación de emergencia y así limitar la mortalidad directa y evitar una mortalidad indirecta innecesaria. ’’

Por lo tanto es de suma importancia contar con información clara sobre la atención y derivación de usuarios y entrega de medicamentos en el Hospital Grierson para poder generar herramientas que garanticen una atención adecuada y el derecho a la salud de todos los usuarios que asisten al mismo.

Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares el acompañamiento del presente proyecto de resolución.

Habilidades

Publicado el

julio 7, 2020