PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que informe, a través de los organismos que corresponda, en un plazo no mayor a 30 días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados al programa de Fiscalización de vías peatonales del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana:
- Detalle tipo de contratación de los inspectores.
- Informe cuántas actas de intimación y comprobación fueron labradas del 2020 a la fecha.
- Detalle cuántos secuestros y/o decomisos fueron realizados del 2020 a la fecha.
- Informe con qué empresas de servicios públicos se realizan las reuniones y/o capacitaciones quincenales.
Artículo 2 °.- Comuníquese, etc.
Fundamentos
Señor Presidente:
Motiva el presente proyecto obtener información sobre el al programa de Fiscalización de vías peatonales del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.
Según la página oficial del Gobierno de la Ciudad[1], dicho programa cuenta con tres pilares fundamentales. Por un lado, las inspecciones de obras en vías peatonales en las que se cuenta «(…) con un cuerpo de 100 inspectores que controlan el cumplimiento de plazos y condiciones de obra que se les exige a las empresas de servicios público para la realización de sus intervenciones en veredas.» El proceso de inspección abarca toda la duración de la obra.
Por otro lado, otro de los ejes abordados son las notificaciones, cuyas etapas son: «Cuando se determina que el responsable del deterioro de una vereda es una empresa de servicio público, se les deriva el reclamo para su solución. Cuando la rotura proviene de roturas por raíces de árboles, el reclamo es enviado a la comuna. En los casos en que la vereda está en mal estado por desgaste o mal uso, los grandes contribuyentes son notificados para que reparen su frente.»
Por último, las capacitaciones a empresas de servicios públicos donde se realizan «reuniones quincenales con empresas de servicios públicos, para tratar casos puntuales de incidencias en sus aperturas y analizar su rendimiento en obras en vías peatonales. Las capacitaciones nos permiten corregir e instruir a las empresas para que el número de incidencias disminuya y asegurar obras más seguras«.
En este sentido, la Dirección General de Fiscalización Urbana tiene como responsabilidades primarias, entre otras, ejercer la fiscalización, control y verificación de las obras e intervenciones realizadas en vía pública, excepto en calzada, por terceros en cumplimiento de la normativa vigente en la materia, diseñar, coordinar y ejecutar planes y operativos para la inspección y fiscalización en el marco de sus competencias, entender en el labrado de actas de comprobación conforme a la Ley de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la ejecución de las medidas precautorias previstas por la normativa vigente, con la asistencia de la Policía de la Ciudad. Además, aplicar las sanciones que correspondan en el marco de sus competencias y conforme a la normativa vigente, promover la capacitación de los agentes de fiscalización del área y elaborar planes y programas de formación y entrenamiento con asistencia de los órganos competentes de la jurisdicción.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de resolución.
[1]https://www.buenosaires.gob.ar/ambienteyespaciopublico/espacio-publico/vias-peatonales/fiscalizacion
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