1752 D- 2022 | Resolución, informes sobre Planta de Residuos Áridos del Centro de Reciclaje de la Ciudad de Buenos Aires.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro del plazo de treinta (30) días de recibida la presente, acerca de los siguientes puntos de la Planta de Residuos Áridos del Centro de Reciclaje de la Ciudad de Buenos Aires:

1) Informe cuándo si se ha realizado el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) correspondiente al período 2022-2026. En caso negativo, informe cuándo se intimará a la realización del mismo.

2) Sobre el funcionamiento de la Planta de Residuos Áridos de la CABA:

  1. Indique la cantidad de residuos áridos generados en la CABA en los últimos cuatro años, detallando para cada período cantidades provenientes de obras públicas y obras privadas. 
  2. Indique si se han realizado mediciones respecto de la calidad del aire tanto en el interior de la Planta como en el espacio público que la rodea en los últimos dos años. En caso afirmativo, adjunte documentación respaldatoria acerca de las mediciones que se realizaron. 

d.         Indique cantidad de volquetes ingresados en la planta. Desglose por mes

e.         Informe si se realizaron obras para mitigar y erradicar la contaminación de aire que se genera por las partículas de polvo emitidas por la Planta. Indique cuales y resultados de las mismas.

f.         Informe si se está considerando trasladar la planta a otra zona no habitada. De ser positiva la respuesta indique donde.

g.         Informe si se están realizando acciones para evitar problemas de salud en los vecinos y vecinas de barrios aledaños. Indique cuales.

h.         Informe si hay un plan de mejora para evitar cualquier esparcimiento de partículas de polvo contaminantes en los barrios aledaños. De ser positiva la respuesta indique el Plan.

i.          Informe sobre el plan de trabajo realizado por la adjudicataria de la Licitación Pública N° 8503-1738-LPU18 EX2018-31009153-MGEYA-DGTALMAEP activa desde el 1 de agosto del 2021, que contempla la operación y el mantenimiento de la planta.

3) Respecto de las recomendaciones que el Observatorio de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires (OHUCABA) debe hacer acerca del funcionamiento del Servicio de Higiene Urbana de la CABA indique:

  1. Si existen recomendaciones y/u observaciones de dicho Observatorio respecto del funcionamiento de la Planta de Residuos Áridos realizadas en los últimos dos años. En caso afirmativo indique cuáles han sido esas observaciones y si han sido implementadas por el GCBA y/o empresa concesionaria. Adjunte documentación respaldatoria. 
  2. Indique si el GCBA ha pedido al OHUCABA recomendaciones, diseño de proyectos y/o planes para el funcionamiento y/o mejoramiento de la Planta de Residuos Áridos en los últimos dos años. En caso afirmativo adjunte documentación respaldatoria. 

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Motiva el presente recabar datos acerca de la Planta de Residuos Áridos del Centro de Reciclaje de la Ciudad de Buenos Aires.
La Constitución Nacional en su art. 41 establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”.
En ese sentido también la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su art. 26 indica que “toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras”. Asevera a su vez que “Toda actividad que suponga en forma actual o inminente un daño al ambiente debe cesar. El daño ambiental conlleva prioritariamente la obligación de recomponer.’’
El artículo 20 del mismo cuerpo normativo, por su lado establece que: “Se garantiza el derecho a la salud integral que está directamente vinculada con la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente’’.
Por su parte la ciudad asume la responsabilidad indelegable de financiar y asegurar la educación pública y las políticas sociales complementarias que posibiliten el efectivo ejercicio de dicho derecho, conforme a lo afirman los arts. 24 y 23 de su Constitución.
Los artículos mencionados dejan claro que la necesidad de un ambiente sano está relacionada con la salud y educación pública, y que es deber del Estado preservar y garantizar el ambiente y la salud de las personas. Así como también hacer cesar cualquier tipo de actividad que cause daño ambiental.
Teniendo en cuenta esta legislación, nos parece importante hacer hincapié en que en el presente año se debe renovar el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA), realizado por última vez en el año 2018.
A su vez, cuando se intenta ingresar a la web oficial del Gobierno de la Ciudad a rastrear los datos que allí deberían estar disponibles, salta un error que no permite ingresar a las planillas correspondientes.
Es por todo lo expuesto que solicito el acompañamiento del presente proyecto de resolución.

Habilidades

Publicado el

junio 23, 2022