1968-D-2022 | Centro de Integración destinado para la población LGTBIQ+

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.-La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, a través del organismo correspondiente, y en un plazo no mayor a 30 (treinta) días de recibida la presente, informe acerca de los siguientes puntos relativos a los Centros de Integración para personas en situación de calle y riesgo de situación de calle:

  1. Informe cuántos Centros de Integración son parte del operativo Frío 2022. Indique el estado edilicio y los equipamientos con que cuentan cada uno y en específico de calefacción, detallando potencia y alcance.
  2. Informe si en los Centros de Integración disponen de los respectivos espacios para higienizarse y si se  proveerán  elementos de higiene personal, incluyendo los específicos para la gestión menstrual en los casos que sean necesarios.
     
  3. Informe acerca del plan de mejora de los centros que mencionó el Jefe de Gobierno en la apertura de sesiones legislativas 2022. Indique planes y plazos de ejecución, obras, presupuesto asignado y documentación al respecto.
  1. Informe cantidad de personal por Centro, modos de contratación,  funciones y tareas desempeñadas. Se solicita adjuntar documentación respaldatoria.
  1. Informe si se han capacitado a los trabajadores de dichos espacios para la correcta asistencia de esa población específica. Indique y adjunte programas educativos.

  2. Informe si habrá un Centro de Integración destinado para la población LGTBIQ+. Indique si se han capacitado a los trabajadores de dichos espacios para la correcta asistencia de esa población específica.
  1. Informe si existen espacios de recreación para las niñeces que concurran a los Centros de Integración. Indique en qué consisten detalladamente.
  1. Informe si en materia alimentaria existen menús específicos para las niñeces. Detalle alimentos que les serán otorgados, teniendo en cuenta la necesidad de suplir los nutrientes básicos necesarios para el desarrollo psico físico de las mismas.

  2. Informe si existen variables de menús alimentarios para garantizar el acceso a las personas con celiaquía, vegetarianas, veganas, con disfunciones gastrointestinales, entre otras.
  1. Informe si se prevé abordajes interdisciplinarios para la población que transite por los Centros de Integración. Indique de qué forma y cuáles.
  1. Informe si se han evaluado y se implementarán articulaciones con el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires para realizar revisiones médicas, controles cardiológicos, control de peso, control de vacunas, etc., teniendo en cuenta el estado de vulnerabilidad en la salud de la población en situación de calle.

  2. Informe si existe asistencia en salud mental en los Centros de Integración. Indique cantidad de personal por Centro.
  1. Informe si se han evaluado y se implementarán articulaciones con el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires para alfabetización y terminalidad educativa. Indique de qué forma y cuáles.
  1. Informe si se está planificando espacios para animales de compañía para las personas en situación de calle que ingresen a los Centros.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Según el último censo popular realizado en el año 2019, existen 7251 personas en situación de calle. Se relevó que 80% son varones, 19% son mujeres y 1% declara ser travesti o trans. 871 son niños y 40 mujeres embarazadas.

La Ley 3706 de Protección y Garantía Integral de los Derechos de Las Personas en Situación de Calle y Riesgo a la Situación de Calle, otorga a las personas en dicha vulnerabilidad el derecho al acceso pleno a los servicios socio asistenciales para que sean brindados por el Estado y por entidades privadas conveniadas con el Estado. Deben garantizarse mediante la prestación articulada y de forma continua durante todos los días del año y las 24 horas del día. La articulación de los servicios y de sus funciones tanto en la centralización, coordinación y derivación así como en la red socio asistencial de alojamiento nocturno y de la asistencia económica, tienen como objetivo la superación de la situación de calle y el riesgo de situación de calle definidos en dicha ley.

            Es de suma importancia poder tener un diagnóstico general de la situación en los paradores, hogares y centros de resguardo comunitario y las medidas tomadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para la protección de personas en situación de calle y riesgo de situación de calle.

            Según la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el programa Buenos Aires Presente ofrece presencia permanente de equipos distribuidos en zonas fijas, favoreciendo así la formación de un vínculo entre los operadores sociales y las personas en situación de calle. A todas las personas que se encuentran en situación de calle, la Ciudad les ofrece el traslado a un centro de inclusión social. En tanto, durante el invierno, el programa refuerza la atención a través del Operativo Frío, que implica un aumento de la presencia territorial. Además de ampliar las plazas disponibles y los móviles, se entrega comida caliente y abrigo en los días de muy bajas temperaturas.

En lo que va del año ya son 6 personas en situación de calle que fallecieron en la Ciudad de Buenos Aires. La Legislatura de la Ciudad ha declarado su preocupación en varios de los casos, lo que amerita continuar enfocándose en el tema para poder asistir a tiempo a las personas en situación de calle y que cuenten con espacios dignos para su integración.

Por todo lo expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto.

Habilidades

Publicado el

julio 18, 2022