PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes y en un plazo máximo de 30 (treinta) días de recibida la presente, los siguientes puntos referidos a las acciones educativas que el gobierno de la ciudad realiza para prevenir y solucionar el ausentismo y deserción de estudiantes de los niveles educativos obligatorios en la jurisdicción.
- Respecto de los cambios en las condiciones necesarias para ser considerado alumno/a regular de acuerdo con lo establecido en el capítulo 5 del reglamento escolar:
- Indique cuáles son las modificaciones introducidas.
- Indique cuáles son los fundamentos para modificar los requisitos de regularidad escolar.
- Respecto del ausentismo y deserción:
- a) Indique cuáles son los programas que el gobierno de la ciudad implementa para evitar casos de ausentismo reiterado, discriminando por nivel educativo, y entre ausencias justificadas e injustificadas.
- Indique cuál es el presupuesto asignado a los programas mencionados en el punto anterior y de qué partida presupuestaria surge.
- Indique si existe un número máximo de inasistencias justificadas. En caso afirmativo, detalle cuál.
- Respecto de los/las niños, niñas y adolescentes en situación de calle:
- Indique si existe un relevamiento del número de niños, niñas y adolescentes escolarizados en situación de calle. En caso afirmativo, detalle por nivel educativo, comuna y distrito escolar. En caso negativo, indique los motivos.
- Indique qué método utiliza el gobierno de la ciudad para comunicarse con las familias de niños, niñas y adolescentes en situación de calle.
- Indique qué acciones específicas toma el gobierno de la ciudad para abordar las situaciones de ausentismo y deserción escolar en niños/as y adolescentes en situación de calle.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
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