PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos al servicio de WIFI gratuito denominado BA WIFI, brindado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
1- Qué empresa/s brinda/n actualmente el servicio de WIFI. Detalle el tipo de contratación que existe entre aquella/s y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y remita contrato y pliegos de licitación.
2- Sobre el Ancho de banda, expresados en Megabit por segundo (Mbps) promedio por punto o nodo de acceso:
a. Indique el ancho de banda.
b. Detalle si en todos lados tiene la misma latencia y velocidad.
c. Enuncie si hay horarios donde funciona el WIFI. En el caso de que funcione las 24 hs, detalle los horarios dónde mejor velocidad hay.
3- Remita pliego de bases y condiciones que suscriben los usuarios y usuarias al conectarse a la red WIFI BA.
4- Enuncie que datos se obtienen del usuario al aceptar los Términos y Condiciones. Detalle cuál es el destino de esos datos y quiénes tienen acceso a los mismos. Además, informe qué medidas se están tomando para proteger la información personal de los usuarios.
5- Ubicación de dirección y comuna de cada punto o nodo de acceso a la fecha tanto en espacios públicos abiertos (parques, plazas, avenidas, paradas de Metrobus) como cerrados, museos, bibliotecas, sedes comunales, hospitales y centros de salud así como todas las estaciones de Subte que posean WIFI, etc.
6- Cantidad por comuna de unidades BA WIFI móvil (automotores equipados con nodos o puntos de acceso).
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
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