313-D-2023 | INFORMES RELACIONADOS A LAS UNIDADES CONVIVENCIALES , DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER.-

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

    Que el Expediente Nº 1719-D-2023 proyecto de Resolución de autoría de las/os diputadas/os L. Velasco, M. Daer, C. Ferreño y C. Segura Rattagan quienes solicitan: Informes relacionados a las unidades convivenciales, dependientes de la Dirección General de la Mujer; y

Considerando:

    Que motiva el presente obtener información sobre las unidades convivenciales, es decir,  los hogares y refugios existentes en el ámbito de la ciudad. 

    Que según el presupuesto 2023, las Unidades Convivenciales buscan garantizar albergue  y apoyo a las mujeres (y sus hijas e hijos) víctimas de violencia doméstica y sexual que no  cuenten con una red familiar de contención, y/o se encuentren  en situación de vulnerabilidad social. El  objetivo de estas unidades, es el de acompañar y facilitar que las mujeres puedan  desarrollar un proyecto propio, que sean capaces de reinsertarse socialmente, que logren  romper el círculo de la violencia, y puedan empoderarse, reconociéndose ellas como sujeto  pleno de derechos. Allí se detalla que se cuenta con un Refugio, utilizado en situaciones  donde la mujer y sus hijos/as corren alto riesgo de vida; una Casa de puertas abiertas Juana  Manso; un Hogar Eva Duarte, para madres adolescentes y un Refugio para víctimas de  trata. Asimismo, se cuenta con Hogares conveniados con Organizaciones de la Sociedad  Civil especializadas en esta problemática. En dicha partida, no se especifica qué presupuesto será destinado particularmente a las unidades convivenciales. 

    Que sumado a todo ello,  nos interesa saber si  las Unidades Convivenciales guardan relación con los Centros  Integrales de la Mujer.

    Que de acuerdo a lo que establece la ley 5.466 los centros integrales de atención  funcionan bajo la órbita de los Centros Integrales de la Mujer (CIM), garantizando al  menos 1 (uno) CIM por comuna hasta cumplimentar el máximo de 1 (uno) cada 50.000  (cincuenta mil) mujeres por comuna. 

    Por lo expuesto, esta Comisión de Mujeres, Géneros y Diversidades aconseja la aprobación de la siguiente

RESOLUCIÓN

Artículo 1°.-El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos que corresponda, en un plazo de 30 días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados a las unidades convivenciales, dependientes de la Dirección General de la Mujer:

1) Informe cuántas unidades convivenciales hay funcionando en la actualidad. Adjunte documentación respaldatoria.
2) Informe días y horarios de atención de dichas unidades convivenciales.
3) Informe cuántas personas se encuentran trabajando en las unidades convivenciales y sus respectivas tareas. Asimismo, informe modalidad de contratación. Adjunte documentación respaldatoria.
4) Informe cuántas unidades convivenciales se encuentran bajo convenio en la actualidad. Detalle que organizaciones o asociaciones las convenían.
5) Informe cuántas personas han acudido a las unidades convivenciales en el transcurso del año 2022. Detalle por género y edades.
6) Informe cuáles son las herramientas que brindan para poder acompañar y facilitar que las mujeres puedan desarrollar su proyecto propio. Adjunte documentación respaldatoria.
7) Informe si las unidades convivenciales articulan con los Centros Integrales de la Mujer y/o con organizaciones que aborden temáticas de género territorialmente. En caso afirmativo, exponga cuáles. En caso negativo, detalle los motivos.
8) Informe el presupuesto destinado a las unidades convivenciales para el corriente año. Asimismo, informe qué porcentaje de tal ha sido ejecutado a la fecha.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Habilidades

Publicado el

agosto 7, 2023