PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.- Modificase la Ley 6035, incluyéndose en el texto ordenado de la carrera de Profesionales de la Salud de la Ciudad de Buenos Aires:
«Licenciados en Enfermería»
Art. 2°.- Los y las profesionales que a la fecha de promulgación de la presente, se encuentren revistando en la planta permanente del escalafón general en función profesional y desempeñando tareas en algún efector de salud, según las incumbencias de su título habilitante descrito en el artículo 1°, pueden optar por no ser incorporados a la carrera profesional con las horas de su partida original dentro de un plazo de 90 (noventa) días a partir de la sanción de la presente.
Art.3°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Es público y notorio cual es la principal fortaleza del sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, sin lugar a dudas es: el Recurso Humano. Los Hospitales de la Ciudad, son verdaderos Centros de formación y referencia Nacional e Internacional de profesionales de la salud de todas las disciplinas; además, nuestros Hospitales y centros reflejan verdaderos paradigmas de Interdisciplina, se han superado las luchas de poderes y se ha comprendido que la mejor atención es la que brinda el «Equipo de salud«, desde hace muchos años se sostiene esta convicción y no solo de palabra, también en el régimen de remuneraciones de los profesionales, no hay diferencia entre los salarios de los médicos, psicólogos, fonoaudiólogos, trabajadores sociales y todo el resto de los profesionales Universitarios.
La Licenciatura en Enfermería reúne los requisitos curriculares que establece la Ley de Enseñanza Superior, por lo cual queda claramente establecido que sus egresados cumplen ampliamente con los requisitos curriculares de Graduados Universitarios, poseen formación académica, matrícula profesional y un título que los avala.
Asimismo, es pertinente resaltar los antecedentes vigentes en varias legislaciones nacionales y provinciales, donde a través de diversa normativa se establece la inclusión de los licenciados en enfermería en la carrera profesional, entre otros: el Decreto n° 277/91 y el artículo 1° de su modificatorio, n° 2330, con fecha 04/12/92, que incorpora a Licenciados/as de Enfermería a la Carrera de Profesionales de la Salud de la Nación. Así mismo el antecedente en la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires Ley 10.471 (Ley de carrera hospitalaria) y los antecedentes de la provincia de Santa Fe, Córdoba, San Juan, Neuquén y Santa Cruz
En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, la Defensoría del Pueblo, receptó pedidos del mismo tenor, de varias asociaciones de enfermería, y a través de resolución 1756/08 generó las actuaciones correspondientes, en las que se pone en conocimiento del Poder Ejecutivo de la Ciudad de la problemática y la inquietud del sector.
Resulta oportuno recordar que en todos los foros internacionales como así también en las organizaciones científicas específicas de la temática de salud, tanto en la OMS, como en la Organización Panamericana de la Salud, sostienen un reconocimiento del rol fundamental del enfermero, en equiparación con los restantes profesionales del equipo.
En el mismo sentido, en numerosos documentos de las organizaciones citadas, se insta dentro de metas regionales a los países miembros de OPS, a apoyar el desarrollo de planes y políticas para el desarrollo de los recursos humanos en salud.
Enfermería es una profesión, indispensable para conformar un sistema de salud de calidad, impacto, equidad y eficiencia. La OMS señala que el 70% de las acciones en salud son competencia de Enfermería y la reconoce como unos de los pilares en la conformación y estructuración de los sistemas de salud. La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 1 junio 1977 en su sexagésima tercera reunión reconoce el cometido esencial que, en colaboración con las demás categorías de personal de los servicios de salud, desempeña el personal de enfermería para la protección y mejoramiento de la salud y bienestar de la población. Indica así mismo que el sector público, como empleador de personal de enfermería, debería desempeñar un papel activo en el mejoramiento de las condiciones de empleo y de trabajo del personal de enfermería. Hace la observación de que la situación actual del personal de enfermería en numerosos países del mundo,
caracterizada por la escasez de personal calificado y una utilización a veces inadecuada del personal existente, constituye un obstáculo para el desarrollo de servicios de salud eficaces, recordando que el personal de enfermería está amparado por numerosos convenios y recomendaciones internacionales del trabajo que fijan normas de alcance general en materia de empleo y condiciones de trabajo, tales como los instrumentos sobre la discriminación, sobre la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva, sobre la conciliación y el arbitraje voluntarios, sobre la duración del trabajo, las vacaciones pagadas y la licencia pagada de estudios, sobre la seguridad social y los servicios sociales, y sobre la protección de la maternidad y la protección de la salud de los trabajadores.
Se debe recordar la vigencia de la Ley de Enfermería Nº 298 sancionada en el año 1999, que apuntó al reconocimiento y ordenamiento de la actividad que desempeñan, en todos sus niveles, fijando cláusulas transitorias para la equiparación de los distintos tramos de formación, y cuyo espíritu fue también el fortalecimiento de la labor de la enfermería, a fin de que se adopten las medidas necesarias, que permitirían cerrar la desigualdad manifiesta hasta la fecha, entre los licenciados en enfermería, en relación con otros profesionales del equipo de salud.
Asimismo, existe otro antecedente de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, con fecha 2 de diciembre de 1999 (CE n° 41.855/99) en donde se da respuesta a la presentación de una Agente de Enfermería que solicita la inclusión de Licenciado en Enfermería en la Carrera Profesional de Salud. Los dichos de la Procuración General dan cuenta en sus conclusiones de la imperiosa necesidad de que está acción solicitada por la agente se lleve adelante. Textualmente dice: “En mérito a las consideraciones vertidas, opino que la presente cuestión deberá ser analizada con criterio de gobierno, siendo posible, si se lo considera oportuno y conveniente, presentar ante la Legislatura un proyecto de ley que contemple la modificación aludida.” A la vez, esta nota se remite adjunta como respuesta a la presentación que realiza la Asociación de Enfermería de la Capital Federal (Registros n° 2470/SS/200 y 10326/SS/2001, que corren por Expediente n° 37.198/99 y ag.) con el mismo motivo que la anterior, con fecha 26 de agosto de 2002, firmada por el entonces Subsecretario de Salud, Alfredo Vidal.
En la Ciudad trabajan más de 9000 enfermeros, de los cuales unos mas de 3000 son Licenciados y Licenciadas, 4300 son Enfermeros de nivel técnico y 1700 son auxiliares; asimismo se ha observado que muchos de los enfermeros Profesionales que no han obtenido la Licenciatura, se están esforzando y la cursan mientras trabajan, son entre 90 y 100 por año que obtienen su título y a pesar de su esfuerzo no tienen ningún reconocimiento por parte de la Ciudad, a pesar de jerarquizar los planteles de Hospitales Y CeSAC’s.
Asimismo, en este contexto de enorme dificultad sanitaria a partir de la pandemia mundial generada por el COVID19, son los enfermeros y enfermeras quienes conforman la primera línea de atención en los centros de salud, realizando los triages, siendo el primer contacto con las personas posiblemente contagiadas; y luego durante los procesos de internación, son quienes están junto a los y las pacientes asistiéndoles y brindándoles no solo la atención en términos sanitarios que requiere el caso, sino la mayoría de las veces un acompañamiento extra, que se vincula directamente con una tarea de cuidados basada en el profundo amor a la vida de las personas y a la salud de nuestro pueblo en general.
Por todo lo expresado, entendemos que se está dando una situación de profunda inequidad, por lo que es absolutamente necesario incorporar a los Licenciados en Enfermería a la carrera profesional.
Es por estas razones, que creemos necesaria la aprobación de este proyecto de ley y pedimos a nuestros pares que nos acompañen.