PROYECTO DE RESOLUCIÓN
El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes en un plazo máximo de 30 (treinta) días de recibida la presente, los siguientes puntos referidos a la obra que se está llevando a cabo en la calle Yerbal entre Pedro Calderón de la Barca y Cervantes, lindante con la escuela N°8 DE 18 «Base Aérea Vicecomodoro Marambio»:
- Informe certificados de obra. Adjunte documentación respaldatoria.
- Indique si se ha realizado algún control de obra de parte del gobierno de la ciudad. Adjunte documentación respaldatoria
- Indique si la obra cuenta con la señalización apropiada con los datos de obra. Adjunte documentación respaldatoria.
- Informe si hubo denuncias por pérdidas de gas en la zona de la obra. En caso afirmativo, indique qué acciones se realizaron en respuesta y qué respuesta recibieron los denunciantes.
- Informe si previo a la realización de la obra, se consultó con la comunidad educativa de la escuela N°8 DE 18 y/o el consejo consultivo comunal. En caso afirmativo, adjunte la opinión de dicha comunidad.
FUNDAMENTACIÓN
Sr. Presidente:
El día miércoles 2 de noviembre de 2022, la comunidad educativa de la escuela n°8 DE 18 nos informó sobre los problemas causados por la obra que se está realizando en la calle Yerbal entre Pedro Calderón de la Barca y Cervantes (https://www.buenosaires.gob.ar/espaciopublicoehigieneurbana/noticias/comenzaron-los-trabajos-para-transformar-la-calle-yerbal-en-un?utm_source=Mail). La comunidad nos informó que desde el comienzo de la obra, el aire de la zona se tornó irrespirable por la presencia de gas debido a posibles roturas de los caños de gas que atraviesan la zona, lo que causó incluso que niños/as concurrieran descompuestos a la institución educativa. A esto debemos sumarle las dificultades para la realización normal de las clases debido a los ruidos generados por el trabajo, y las incomodidades generadas para el ingreso y egreso de la escuela y el jardín. Finalmente, debemos agregar que al día de la fecha, la obra no cuenta con la cartelería que incluya la información de obra y fiscalización de datos.
A esto se suma que personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que concurrió al lugar debido a los reclamos reiterados de la comunidad educativa, lejos de atender a los reclamos y prestar la asistencia que debían, destrató a integrantes de la comunidad.
El art. 24 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires indica que “La Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública…” y una de las condiciones necesarias para hacerlo es contar con un ambiente adecuado para llevar a cabo la práctica educativa.
Es fundamental que el Gobierno de la Ciudad garantice el derecho de estudiantes y docentes a estudiar y a trabajar en condiciones dignas y seguras.
El art. 26 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que “…Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.” y que “…Toda persona tiene derecho, a su solo pedido, a recibir libremente información sobre el impacto que causan o pueden causar sobre el ambiente actividades públicas o privadas.” ambos derechos están siendo vulnerados con la presente situación.
Por todo lo expuesto, se solicita la aprobación del presente proyecto.
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